México obliga a las plataformas con interacción entre usuarios a verificar la edad sin autodeclaración: a quién alcanza el decreto del 14 de octubre
El DOF del 14 de octubre de 2026 obliga a plataformas con interacción entre usuarios a verificar la edad sin autodeclaración e informar en 30 días naturales.
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El decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes, publicado por la Presidencia en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2026 y en vigor ese mismo día, obliga a las plataformas digitales que permiten la interacción entre usuarios —también para vender bienes— a verificar la edad con mecanismos que no se limiten a la autodeclaración. Además les pide supervisión parental, la privacidad más estricta por defecto en las cuentas nuevas y un informe de lo que han hecho en un plazo máximo de 30 días naturales.
«I. Implementar mecanismos confiables y seguros para identificar la edad de las personas usuarias de sus servicios. Dichos mecanismos no deberán limitarse a la autodeclaración de las personas usuarias para la acreditación de la edad;», dice el art. 4 del decreto publicado en el DOF el 14 de octubre de 2026. Ya no basta con una casilla de «soy mayor de edad».
¿Qué exige el decreto del 14 de octubre de 2026?
Exige que las plataformas protejan a los menores desde el diseño. Según el texto publicado en el DOF el 14 de octubre de 2026, el art. 4 pide verificación de edad sin autodeclaración, criterios publicados para retirar cuentas o contenidos, retirada inmediata de los contenidos prohibidos para menores, un canal de denuncia accesible y permanente, supervisión parental, la configuración de privacidad y seguridad más estricta por defecto en las cuentas nuevas y evaluaciones periódicas de riesgo de su diseño y de sus sistemas de recomendación. El art. 5 añade un punto de contacto con las autoridades 24 horas, 365 días, y la preservación de la evidencia de lo retirado durante al menos 90 días hábiles.
El decreto no es una reforma de ley: es un decreto del Ejecutivo. No fija sanciones, no nombra autoridad que verifique el cumplimiento y no distingue entre plataformas grandes y pequeñas. Su transitorio tercero crea una mesa de trabajo de la Consejería Jurídica para proponer regulación, que puede acabar en una reforma legal.
¿A quién alcanza en el comercio electrónico?
Alcanza a quien intermedia entre usuarios, no a quien solo vende. El art. 2 del decreto (DOF, 14 de octubre de 2026) define la plataforma digital como un servicio de intermediarios que permite la interacción entre personas usuarias con la finalidad de, entre otros, comercializar o intermediar bienes, y nombra redes sociales, videojuegos y tiendas de aplicaciones «entre otros». El decreto no menciona tiendas ni marketplaces concretos: lo que sigue es nuestra lectura del texto.
- Marketplaces con contenido de usuario (reseñas, preguntas al vendedor, chat, directos de venta): encajan en la definición del art. 2 desde el 14 de octubre de 2026 y les corre el plazo de 30 días naturales para informar.
- Tienda online propia sin interacción entre usuarios (Shopify, WooCommerce, Tiendanube): la definición pide intermediarios entre personas usuarias, así que no parece alcanzarla. Lo dudoso son las funciones que sí crean esa interacción: reseñas públicas con respuestas, comunidad, foro o live shopping.
- Si vendes dentro de un marketplace: la obligación es del marketplace, no tuya, pero te puede llegar como cambio de términos y condiciones, por ejemplo categorías restringidas por edad o verificación del comprador.
Una prueba rápida para tu tienda: ¿hay algo que escribe un usuario y ven otros usuarios? Si no, el decreto no parece tocarte. Si sí (reseñas abiertas, comunidad o directos), revísalo con tu asesor legal antes de darte por fuera; la lectura del art. 2 que hacemos aquí no es asesoría legal. Y lo que no cambia: el decreto no toca la venta en tu tienda propia ni fija multas.
¿Qué datos conviene guardar?
Estas son las fechas y los plazos del decreto publicado en el DOF el 14 de octubre de 2026:
- 14 de octubre de 2026: publicación en la edición vespertina del DOF y entrada en vigor el mismo día (transitorio segundo). Fuente: DOF.
- Art. 2: plataforma digital es el servicio de intermediarios que permite la interacción entre personas usuarias con la finalidad de, entre otros, comercializar o intermediar bienes; nombra redes sociales, videojuegos y tiendas de aplicaciones «entre otros». Fuente: DOF.
- Art. 4: verificación de edad con mecanismos que «no deberán limitarse a la autodeclaración», supervisión parental, privacidad y seguridad más estrictas por defecto en cuentas nuevas y evaluaciones periódicas de riesgo. Fuente: DOF.
- 24 horas, 365 días, y 90 días hábiles (art. 5): punto de contacto con las autoridades y preservación de la evidencia de lo retirado durante al menos 90 días hábiles. Fuente: DOF.
- 30 días naturales (transitorio cuarto): plazo máximo para documentar e informar las acciones implementadas, contado desde la entrada en vigor. Por nuestra cuenta, vence hacia el 13 de noviembre de 2026; el decreto no escribe esa fecha. Fuente: DOF.
Todas las cifras verificadas del tema, con fecha: Estadísticas de ecommerce 2026.
¿Qué conviene hacer antes del 13 de noviembre de 2026?
Saber si tu negocio entra o no en la definición del art. 2. El plazo de 30 días naturales desde el 14 de octubre de 2026 termina hacia el 13 de noviembre de 2026, según nuestra cuenta, porque el decreto no fija el día:
- Haz la lista de lo que tu tienda tiene encendido: reseñas con respuestas, preguntas públicas, comunidad, foro, chat entre usuarios o directos de venta.
- Si tienes alguna de esas funciones, o si operas un marketplace, revisa con tu asesor legal si te alcanza el decreto y qué informe te toca.
- Si vendes en un marketplace, vigila sus avisos de cambio de términos durante noviembre de 2026.
En Rigol&Co podemos revisar contigo qué funciones de tu tienda online crean interacción entre usuarios y qué cambiaría quitarlas o mantenerlas.
Fuentes
- 01 DOF · Decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes (14 de octubre de 2026)
El resto de noticias, en Noticias. El porqué largo, con cifras y fuentes, en Análisis.
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